Comentario 16/03/2020
Por: Carlos Alberto Mejía Cañas
Ingeniero Industrial y Administrativo
http:/reflexiones-de-cam.blogspot.com
Como la gran mayoría de
los países en desarrollo, Colombia aún no tiene resuelto el problema de sus
pensiones para los adultos mayores, longevos y centenarios que cada vez forman
una parte más importante de su población, dada la mayor expectativa de vida
(77-78 años) y teniendo en consideración también las condiciones de mejoramiento
notables en la calidad vida de los colombianos en las últimas décadas. Viejitos
con más duración y más vitalidad física e intelectual, quienes requerirán de
una pensión para sobrellevar los gastos corrientes y extraordinarios que esta
etapa de vida demanda, especialmente en el campo de la salud. De hecho las
pensiones, igual que la salud para los mayores, son como dos caras de la misma
moneda.
Colombia ha hecho
grandes mejoramientos en la cobertura y atención en el campo de la salud y es
considerada modelo frente a otros países dada la relativa calidad y completud
de sus servicios médicos, realidad, por el contrario, totalmente insuficiente
en el campo de las pensiones.
En el país, sólo el 23%
de los mayores actuales de 60 años tiene facilidad de pensión, aunque sus
montos pueden ser insuficientes para la cobertura de sus necesidades, sin
embargo, al menos eso tienen. Pero más del 80% de las personas con alguna
cobertura de pensión hacia el futuro no alcanzarán los requisitos de una
pensión, ni para un salario mínimo. Y cuántos son los ciudadanos que ni
siquiera tienen alguna contribución a la formación de su pensión, por estar en
la informalidad o en la desocupación, cuando en Colombia el 65% de las personas
con actividad productiva están en economía informal.
El tamaño del problema
es mayúsculo y su solución de de muy largo plazo. Algunos, en forma ilusoria o
simplista lo que afirman es que “simplemente el Estado debe hacerse cargo de
las pensiones de las clases menos favorecidas” sin considerar lo que significa
el costo fiscal de esta prestación y las fuentes de donde provendrá su cumplida
y solvente financiación. Buena parte del déficit fiscal del país hoy, se
origina en el pago de contribuciones a pensiones por parte del Estado a través
de Colpensiones u otros mecanismos especializados como el caso de las fuerza
militares o programas para la vejez, por ejemplo. Se trata de no más de 2
millones de personas que están a cargo del Estado en sus pensiones actualmente,
después de cumplir sus requisitos de pensión en Colpensiones, y ya es una carga
muy pesada, qué diremos con la cobertura de todos los ciudadanos de menores
recursos que cumplan requisitos de pensión ahora y hacia el futuro.
Por definición la
pensión es un ahorro para el futuro, para apoyar a las personas cuando su vida
laborar termine y su condición de capacidad y salud disminuyan, es decir,
cuando sean viejos. Esta es en esencia un previsión necesaria, pues es
irremplazable y además una precaución indispensable ante momentos de vida de
mayor dificultad, inseguridad e indefensión.
Sin embargo, cuando
somos jóvenes, no pensamos en los momentos de vejez, y las contribuciones o los
ahorros para la pensión nos parecen una “carga” innecesaria. No tenemos en
realidad cultura de pensión ni conciencia sobre nuestra vejez.
Lo primero que hay que
entender es que la formación de una pensión (independientemente de si se accede
a un sistema de pensión privado o público[1]) se forma a través de la
vida. Se requiere un período de ahorro muy largo, estimado entre 25 y 30 años,
con un porcentaje del ingreso retenido para al pensión de entre el 18% al 30%,
para gozar de una pensión de más o menos el 75% al 80% del ingreso de la
persona al retirase de su vida laboral. Este ahorro debería ser sistemático y
continuo, no debería ser intermitente u ocasional, y esto es parte de lo más
difícil de lograr ante la alta tasa de informalidad y de desempleo que el país
demuestra. Hacia el futuro, con los nuevos modelos de contratación laboral
(outsourcing ocasional) será aún más difícil.
Todos debemos saber que
una pensión se forma con los siguientes elementos más o menos conocidos:
1.
El porcentaje del ingreso que se ahorre o se contribuya,
es evidente decir que mientras más se aporte, mayor será la pensión. Esta es una
decisión que debe consultar la capacidad de ahorro, tanto como la conveniencia
de precaver un futuro mejor. Debemos pensar que la expectativa de vida de las
personas es cada vez mayor y por lo tanto se requerirá una partida más grande de
ahorro para poder cubrirla.
2.
La edad de jubilación o lo que es lo mismo el
período durante el cual se ahorre o contribuya, hasta adquirir el derecho de
ser jubilado. Justamente, por la mayor expectativa de vida, las edades de
jubilación tienden a crecer tanto para hombres como para mujeres en todos los
países. Ya hay países que requieren edades de 65 o 70 años para poder acumular
una pensión en los años laborados.
3.
La tasa de remplazo, o sea, qué porcentaje del
último ingreso (a veces el promedio de ingresos de los últimos años) se seguirá
recibiendo como pensión, lo cual dependerá, como es obvio, de los dos ítems anteriores.
4.
Las retenciones y contribuciones que los
gobiernos hacen con fines de sistemas de solidaridad pensional para las clases
de menores ingresos. Si se “carga” la mano del Estado en estas retenciones, el
monto de la pensión individual se verá cada vez más disminuido.
5.
Un punto crítico es justamente la expectativa
de vida, no es lo mismo una protección en pensión para diez años que para
treinta, y menos si a cargo de la misma pensión hay una continuidad por
sobrevivencia (el o la cónyuge), lo cual existe todavía en algunos sistemas,
generalmente públicos.
6.
Los aspectos tributarios relacionados con las
pensiones pueden ser decisivos tanto en el período de acumulación como en el período
de utilización de la pensión.
7.
Las tasas de interés en el mercado. En este
punto encontramos dos diferencias: los sistemas de ahorro de pensiones privados
que invierten en títulos de diferente índole lo ahorrado por los afiliados,
buscando acumular para el pago de la pensión entre lo ahorrado y su rendimiento
neto la mayor pensión posible, y tanto como haya ahorrado el interesado. Si las
tasas de interés son altas, los acumulados son mayores, pero esto nos es lo que
corrientemente ocurre porque toda economía busca tener una tasa de interés
moderada o baja para que haya desarrollo e inversión. En el otro extremo, en
Colombia, existe Colpensiones, como ya se dijo, cuyo sistema de pensión depende
de las semanas cotizadas, tiene unas exigencias mínimas de monto de cotización
y semanas, pero el pago de la pensión, si bien depende de lo ahorrado, no está
asociado con la tasa de interés del mercado, de tal forma que en el caso de
pensiones bajas o de pensiones insuficientes porque las finanzas de
Colpensiones no fueron buenas, es el presupuesto público el que se encarga de
cubrir los déficits.
8.
La apreciación general es que en Colombia la
pensión obtenida con Colpensiones es mayor a la obtenida con los fondos
privados de pensiones, en condiciones de ahorro comparables. Y, en general, los
afiliados esperan una tasa de reemplazo mayor que la que efectivamente reciben
con su ahorro pensional en los fondos de ahorro individual (esquema diferente
al caso de Colpensiones en Colombia), lo cual también ha sucedido en Chile y en
Perú que han tenido esquemas similares con sistemas de ahorro individual.
Lamentablemente en
Colombia, los ingresos disponibles, generalmente bajos, recibidos por la gran
mayoría de trabajadores dependientes e independientes, se acompañan por una
pobre cultura de ahorro pensional. Como si nunca nos fuera a llegar la vejez.
Bien haríamos en las familias, las empresas y los grupos de opinión en apoyar
la creación de una cultura de ahorro de largo plazo como uno de los pilares de
la buena salud financiera de las personas para su futuro.
[1] Los sistemas en Colombia
son diferentes, el privado se forma con el ahorro individual y sus rendimientos
y el público, con el ahorro individual y la solidaridad de otros
contribuyentes, según informes recientes se requieren hasta 7 contribuyentes
para sufragar una pensión del sistema púbico, caso contrario el Estado la
subsidia. Ver la República 5 marzo de 2020