Comentario 25/10/2021
LA
VERDAD VERDADERA
Por: Carlos Alberto Mejía C.
Ingeniero Industrial y Administrativo.
https://reflexiones-de-cam.blogspot.com/
En
el marco del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción
de una paz estable y duradera, suscrito entre el Gobierno de Colombia y las
Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo FARC-EP,
mediante el Acto Legislativo 01 y el Decreto 588 de 2017, se creó la Comisión
para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, como
un mecanismo de carácter temporal y extrajudicial, para conocer la verdad de lo
ocurrido en el marco del conflicto armado y contribuir al esclarecimiento de
las violaciones e infracciones cometidas durante el mismo y, de esta manera,
ofrecer una explicación amplia de su complejidad a toda la sociedad.
El
Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición está compuesto
por los siguientes mecanismos y medidas: la Jurisdicción Especial para la Paz,
la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No
Repetición; la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en
el contexto y debido al conflicto armado; las medidas de reparación integral
para la construcción de paz y las garantías de no repetición.
Específicamente
al hablar de la Comisión de la Verdad se establece la naturaleza de la Comisión
como un ente autónomo e independiente del orden nacional, de rango
constitucional, con personería jurídica, con autonomía administrativa,
presupuestal y técnica, sujeto a un régimen legal propio, por un período de
tres (3) años de duración y con un período adicional previo de seis meses para
preparar todo lo necesario para su funcionamiento.
Además,
se establece también que la Comisión de la Verdad, será un mecanismo
extrajudicial, por tanto, sus actividades no tendrán carácter judicial, ni
servirán para la imputación penal ante ninguna autoridad jurisdiccional. La
información que reciba o produzca la Comisión no podrá ser trasladada a autoridades
judiciales para ser utilizada con el fin de atribuir responsabilidades en
procesos judiciales o para tener valor probatorio, ni las autoridades
judiciales podrán requerírsela.
Pero,
por otro lado, existe en Colombia El Centro Nacional de Memoria Histórica, el
cual es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento
para la Prosperidad Social , que tiene como objeto la recepción, recuperación,
conservación, compilación y análisis de todo el material documental, testimonios
orales y los que se obtengan por cualquier otro medio, relativo a las
violaciones ocurridas con ocasión del conflicto armado interno colombiano, a
través de la realización de investigaciones, actividades museísticas,
pedagógicas, entre otras, que contribuyan a establecer y esclarecer las causas
de tales fenómenos, conocer la verdad y contribuir a evitar su repetición en el
futuro.
Estamos
al frente de tres organismos encargados de la verdad sobre el tema del
conflicto armado y el acuerdo de paz: la JEP para buscar la verdad jurídica de
los procesados por delitos en el conflicto, la Comisión de la Verdad con el
testimonial de las personas que vincule a su proceso y el Centro Nacional de
Memoria Histórica para reflejar la verdad documental para la historia del país.
¿En la práctica, cuál y cómo sabremos los colombianos cuál es la verdad
verdadera?
Los
requisitos de la paz han sido verdad, justicia, reparación y no repetición,
todos los cuales quedarán en posición inestable si no hay una verdad verdadera.
Con el agravante, ahora, que la Comisión de la verdad quiere perpetuar su
influencia en el país mediante la creación de un comité de vigilancia por 7
años, para velar por cumplimiento de sus recomendaciones, como indica en el
artículo publicado en El Colombiano el 8 de octubre de 2021, así:
“Después de que la Comisión de la Verdad
termine su mandato en agosto del próximo año, se establecerá un Comité de
Seguimiento y Monitoreo que velará por el cumplimiento de las recomendaciones
que se hagan en el informe final sobre el conflicto armado.
Sin dar más detalles sobre quiénes lo
integrarían o cómo operaría, la entidad advirtió que el pleno de los
comisionados estuvo de acuerdo con su creación y que, de igual manera,
coincidieron con que deberá extenderse por un período mínimo de siete años para
“dar seguimiento y llamar la atención a la sociedad para trabajar alrededor de
esas recomendaciones”.
No
teníamos conocimiento de que la Comisión de la Verdad tuviera dichas
facultades, sin tomar partido en este comentario de si su revelación de la
verdad sí contribuirá a la tan cacareada” verdad, justicia, reparación y no
repetición”. ¿No era esta la facultad del Centro de memoria histórica?, cuando
proclama en su misión:
“Contribuir a la reparación integral y
al derecho a la verdad, a través de la recuperación, conservación y divulgación
de las memorias plurales de las víctimas, así como del deber de memoria del
Estado y de todos los victimarios con ocasión de las violaciones ocurridas en
el marco del conflicto armado colombiano, sin ánimo de venganza y en una
atmósfera de justicia, reparación y no repetición”.
Al
final, ¿los colombianos nos quedaremos con cuál verdad, la jurídica (JEP), la
testimonial (Comisión de la Verdad) o la documental (Centro de memoria
histórica)? Cada vez que se escucha a los representantes de estos organismos
están hablando de verdades distintas y de contenido e implicaciones diferentes,
así, lo que es verdad para unos no lo es para otros, o en la verdad misma, o en
los hechos que la caracterizaron o en los participantes y sus circunstancias.
La historia de Colombia, de nuevo, quedará en el vacío dejado por 60 años de
conflicto armado, que aún continúa, a pesar del acuerdo de paz. ¿Cuál irá a ser
la verdad verdadera que quede registrada en la memoria histórica del país?
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