domingo, 10 de abril de 2022

¿CENTRALISMO O FEDERALISMO?

 Comentario 18/04/2022

 

¿CENTRALISMO O FEDERALISMO?

 

Por: Carlos Alberto Mejía C.
Ingeniero Industrial y Administrativo.
https://reflexiones-de-cam.blogspot.com/

 

El artículo primero de la Constitución Política de Colombia, indica:

Artículo 1°. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. Es decir, somos a la vez una República unitaria, pero descentralizada, y con autonomía de las entidades territoriales, bajo el principio de “Centralización política con descentralización administrativa”. ¿Esto qué significa? Analicemos un poco estos contenidos a partir de algunas definiciones universales sobre los llamados temas de: República, Estado Unitario, Federalismo y Centralismo, los cuales son modelos políticos y administrativos de las Naciones, que rigen en diferentes países, según su constitución política, comprendiendo primero qué es y en qué consiste cada uno de ellos y dónde están sus diferencias.

República: La República es un sistema organizativo del Estado donde el ejercicio del gobierno recae sobre una o varias personas, elegidas mediante voto popular o parlamentario, por periodos de tiempo limitados, para representar los intereses de los ciudadanos. La palabra proviene del latín res publica, que significa 'la cosa pública', es decir, lo que es común. El sistema republicano nace como expresión alternativa al de tipo monárquico en el cual todo el poder es ejercido por una persona, generalmente el rey, de manera indefinida y hereditaria. Sin embargo, actualmente existen regímenes de monarquías parlamentarias, como es el caso de España, donde el rey cumple esencialmente un papel representativo y simbólico como jefe de Estado, pero el resto de los cargos gubernamentales son de elección popular y temporalidad limitada. En la modernidad, el modelo republicano delinea más claramente el perfil que aplicamos actualmente en Colombia, con la separación de los poderes entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial, el cual procura un equilibrio, tal que asegure la estabilidad del Estado, la libertad, la justicia y la igualdad. Las primeras repúblicas modernas en Latinoamérica surgen durante el período de la independencia, dado que las colonias españolas inician en el siglo XIX una serie de guerras cuyo objetivo era desvincularse de la corona española para instaurar nuevos sistemas republicanos. Así nacen:  Ecuador, Venezuela, Argentina, Colombia, México, Chile, Uruguay, Paraguay, Perú, Panamá y Bolivia.

Estado Unitario: El Estado unitario supone el principio de la centralización política, que se traduce en unidad de mando supremo, unidad en todos los ramos de la legislación, unidad en la administración de justicia y, en general, unidad en las decisiones de carácter político que tienen vigencia para todo el espacio geográfico nacional. La centralización política no es otra cosa que una jerarquía constitucional reconocida dentro de la organización jurídica del Estado. Pero esa centralización política no es incompatible con la descentralización administrativa, ni con la autonomía de las entidades regionales. Por el contrario, la tendencia en los Estados unitarios en el mundo contemporáneo ha sido la de vigorizar tal autonomía. La descentralización se ha entendido como la facultad que se le atribuye a determinadas entidades públicas regionales para gobernarse por sí mismas, mediante el otorgamiento de funciones específicas que son ejercidas autónomamente.

El federalismo: La república federal, también denominada Estado Federal, federativo o, simplemente, federación, es un sistema de organización del Estado conformado por entidades sociales, territoriales y políticas, conocidas también como estados, cantones, regiones o provincias, que se asocian y subordinan bajo un esquema de gobierno federal y gozan de un amplio nivel de autonomía en lo tocante a su gobierno y legislación. Los sistemas federales generalmente poseen dos niveles de gobierno, uno federal y otro local, que se coordinan y complementan en lo relativo a sus atribuciones, facultades y funciones. Todo ello se encuentra expresado en el marco jurídico de un texto constitucional común, que recoge los principios legales de los Estados que conforman la federación.

La autonomía inherente a la federalización, supone la gestión propia de sus intereses, es decir, la particular regulación de lo específico de cada localidad, pero siempre dentro de los parámetros de un orden unificado por la voluntad general bajo la forma de Constitución o Ley de la Nación. O sea, la normatividad propia está en armonía con la ley general del Estado, ya que la parte se ordena al todo, así como lo específico está comprendido dentro de lo genérico. La autonomía no implica, jurídicamente hablando, total soberanía, siempre la autonomía hace relación a la coherencia con un género superior, mientras que la soberanía hace que el ente soberano sea considerado como un todo, y no como parte de ese todo. Ejemplos de repúblicas federales abundan en el mundo, como EE. UU. o muchos de los países europeos. En Latinoamérica, por ejemplo, encontramos los casos de: México, conformado como una federación de 31 estados y un distrito federal; Argentina, con 23 provincias y una ciudad autónoma; o Brasil, constituido por 26 estados y un distrito federal.

El centralismo: Se denomina república centralista al sistema de organización del Estado donde la acción gubernamental emana y se conduce desde el núcleo de poder central, generalmente ubicado en la capital del país. Es un modelo diametralmente opuesto al federal debido a que todas las entidades que constituyen el Estado responden a una autoridad central, a la cual se encuentran subordinadas política y administrativamente. Se trata entonces de una situación en la que se les confiere una limitada autonomía a las colectividades regionales para el manejo de sus propios asuntos, ésta debe ser comprendida desde un aspecto administrativo y financiero. En la actualidad son ejemplos de Estado con modelos centralistas países tales como: Colombia, Chile, Dinamarca, Francia, Perú y Suecia. Chile es centralista, hasta que su nueva constitución indique lo contrario.

Desde hace muchos años en Colombia han existido movimientos en favor de transformar nuestro modelo de centralista a federalista, ante la complejidad y concentración de decisiones a nivel central, las cuales no consultan suficientemente las características y condiciones específicas de las regiones, por estar lejos de ellas, por un lado, y, por el otro, por corresponder a intereses políticos no necesariamente coincidentes con los regionales. De hecho, muchos podemos recordar algunos movimientos ciudadanos, muy fuertes en algunas regiones del país, en los años 70 y 80 orientados en esa dirección. Todo ello no es extraño a nuestra historia, Antioquia, por ejemplo, y para citar sólo un caso, ya en algún momento fue un Estado. Durante la primera independencia de Colombia (la denominada Patria Boba), la provincia que lleva hoy el nombre de Antioquia ya se había declarado Estado soberano e independiente, estableciendo también como su capital a la ciudad de Santa Fe de Antioquia. Este municipio mantendría la condición de capital de la provincia hasta el año de 1826, cuando fue trasladada a Medellín. Su territorio correspondía en su mayor parte con el que luego sería llamado Estado Soberano de Antioquia, quien fue integrante de la Gran Colombia y posteriormente formó parte de la República de la Nueva Granada.

Aciertan muy bien Federico (Fico) Gutiérrez Zuluaga y su fórmula Rodrigo Lara Sánchez en concebir su modelo de país como un gobierno desde las regiones, en un modelo más de tendencia federalista que centralista. Fico y Rodrigo, como exalcaldes que fueron, conocen muy bien la complejidad del desarrollo regional, más con la dependencia de decisiones centralizadas, muchas veces tardías, sin el alcance necesario, sin los recursos apropiados y frecuentemente contagiados de la politiquería en los cargos, los contratos, los contratantes y los contratados, las coimas, la corrupción, las prebendas y los beneficios en favor de algunos, poco transparentes pero abusadores de los presupuestos públicos. Durante la campaña electoral y luego en su gobierno, este debe ser un tema central, el modelo de desarrollo del país con énfasis en: “Centralización política con descentralización administrativa”, eficaz, efectiva y no corrupta.

Nota: Los hechos históricos narrados en este comentario son tomados de páginas web.

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