Comentario 21/08/2018
Por: Carlos Alberto Mejía Cañas
Ingeniero Industrial y Administrativo
Los ciudadanos
que hemos hecho el seguimiento de lo aprobado en el acuerdo de paz de Santos-FARC
vimos con asombro, cómo, en aras de la llamada paz y reconciliación, fueron
tales la concesiones realizadas a favor de la guerrilla desmovilizada que desde
el punto de vista civil, económico y político, el acuerdo de paz compromete
seriamente al país en su integridad, su institucionalidad y su presupuesto, al
concederle a la guerrilla privilegios económicos, jurídicos como la JEP,
legales (amnistías e indultos), narcotráfico
como delito político, curules sin el pago previo de las penas, emisoras,
territorios y presupuestos para subsidiar toda su acción política.
De nuevo debemos
repetir que la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición no se han
visto en realidad hasta ahora y la cacareada afirmación que “las víctimas son
el centro del acuerdo”, tampoco. Además, continúan las 209.000 hectáreas de
cultivos ilícitos, no hay rutas ni contactos revelados, el lavado y la
legalización de sus activos está vigente, gozan de sus enormes fortunas
burlando a la comunidad con una entrega de bienes irrisoria. Hay grupos
disidentes actuando por todo el país y su participación activa en las redes de
narcotráfico y microtráfico son evidentes, baste mencionar el caso Santrich,
vinculado al delito de narcotráfico.
Como hemos
sostenido en otros comentarios, el
problema no es la paz, todos los ciudadanos la aprobamos, el rechazo es por el
contenido de los acuerdos y por la forma como se negociaron. A la guerrilla
se le concedió estatus político con plenos derechos sin que mediara primero la
necesaria sumisión a la justicia por sus delitos de lesa humanidad, cosa que es
increíble.
La JEP, por su
parte, desde su constitución y conformación, ha sido una fuente de suspicacias
por su sesgo político a favor de los miembros de las FARC, tanto por la
comisión internacional que nombró sus magistrados, como por ellos mismos, ya
que tienen un marcado y radical pensamiento socialista/comunista, al punto que todas
sus actuaciones han estado rodeadas de la clara intención de minimizar la
gravedad de los delitos de lesa humanidad cometidos por los miembros de esa
organización, hoy convertida en un minúsculo partido político, pero con un
poder inmenso según lo acordado con el gobierno Santos.
Han creado el
concepto de penas alternativas, de carácter restaurativo, para minimizar el tipo
de las sanciones que van a aplicar, no privativas de la libertad en cárceles
como todos los delincuentes, al parecer sus delitos de asesinato, reclutamiento
forzado, secuestro, extorsión, ataque a poblaciones, destrucción de la
infraestructura, terrorismo, cultivos ilícitos, tráfico de armas y drogas,
lavado de activos, etc., parecen ser simples contravenciones por estar en la
JEP, frente a la justicia ordinaria que las sanciona con verdaderas penas de
prisión y largas condenas.
La señora
Patricia Linares, Presidente de la JEP, afirma que “los delitos que pasen por
la JEP, serán sancionados”, pero con penas simbólicas y no ejemplares, como
corresponde y además, sin consultar la naturaleza del delito sino las acciones
de verdad, justicia, reparación y no repetición. Si esto último se da,
pareciera que el delito no hubiera sido cometido.
Pero no han
estado solos los miembros de las FARC y del gobierno Santos para configurar
este escenario de impunidad, falta de sanción real y goce de privilegios con
detrimento de la verdadera noción de paz y reconciliación. Han contado siempre
con el favorable concurso de la Corte Constitucional, quien a través de sus
magistrados y de sus salas han mostrado su sospechosa inclinación a juzgar como
constitucional todo lo acordado, aunque pase por encima de normas de carácter
internacional y nacional que forman parte de nuestra vida jurídica.
Pero, nos
faltaba ver la última “perla”, con la posición favorable del Presidente de la
Corte, magistrado Alejandro Linares y del ponente, magistrado Antonio José
Lizarazo, la Corte Constitucional acaba de aprobar la reglamentación de la JEP
(acto legislativo 001 de 2017 que creó la JEP) y de decidir, según comunicado
de prensa, ya que el fallo no se conoce aún, que:
- Los delitos sexuales (en niños y niñas) de los miembros de las FARC, si bien no son amnistiables, quedan bajo la jurisdicción de la JEP con penas restaurativas y no con sanciones ejemplares como en la justicia ordinaria. ¡Qué horror, otro premio para las FARC! El Congreso en pleno había determinado que estos delitos no constituyen delitos de guerra y por lo tanto deben tener sanciones ordinarias y ejemplares. Mientras el presidente Iván Duque quiere implementar en el país la cadena perpetua para la violación y el asesinato de niños, ésta es la forma en que la Corte actúa, absurdo, ¿no les parece?, todo por favorecer a los miembros de las FARC.
- En el caso de la extradición de los miembros de las FARC por narcotráfico, les da otra gabela otorgando la facultad a la JEP de practicar y decretar pruebas para verificar que el delito fue posterior a la firma del acuerdo. Por esta vía Santrich no será extraditado y será próximamente miembro del Congreso, dado que nunca encontrará la JEP adecuadas o suficientes las pruebas contra él por narcotráfico, aunque sean evidentes. Lo mismo sucederá con otros miembros del secretariado, como Iván Márquez, y sus “colegas”.
- Las inhabilidades que el Congreso de la Republica había decretado para los magistrados de la JEP, la Corte las tumbó, otro gol a favor de las FARC.
- Como estas, varias perlas más que sería largo enumerar, porque se trata de una ponencia de 822 páginas.
Lo cierto, como
está visto, es que hay un verdadero Terciopelo de la Corte Constitucional con
las FARC y en contra de otros órganos de poder. Tal como afirma el
Constitucionalista Juan Manuel Charry, al referirse a la situación en que queda
el Congreso frente a los acuerdos de paz de Santos, a las FARC y a la Corte
Constitucional.
“Yo diría que el Congreso mantiene su autonomía e
independencia, pero sometido a las normas Constitucionales y a lo que dice el
Acto legislativo”.
Me pregunto, ¿qué
autonomía es esa?, el Congreso y el Ejecutivo quedan claramente sometidos, no
pueden en la práctica modificar los acuerdos o la reglamentación de la JEP. Nos
quedamos con el Terciopelo jurídico de la Corte para las FARC.